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Compra Venta

Para celebrar una escritura de compra-venta de bienes inmuebles, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Minuta patrocinada por un abogado.
  2. Carta Predial, documento emitido por el municipio que acredite el pago del impuesto predial del año en curso.
  3. Comprobantes de pago de todos los impuestos relacionados con el contrato, tanto en el Municipio como en el Consejo Provincial (alcabalas, contribución especial de mejoras y plusvalía).
  4. Cédula catastral actualizada al año en que se celebre el contrato.
  5. Certificado de gravámenes vigente que indique que el inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
  6. Identificación de los otorgantes: Cédulas y papeletas de votación de los otorgantes. En el caso de extranjeros, pasaporte y visa vigente.
  7. Documentación de personas jurídicas: Si intervienen personas jurídicas, se debe presentar:
    • Nombramiento del representante legal.
    • RUC de la empresa.
    • Acta de junta general de socios o accionistas que autorice la venta o la facultad expresa en los estatutos para que el representante legal pueda ejercer esta actuación.
  8. Propiedad horizontal: Si el inmueble está declarado en propiedad horizontal, es necesario presentar:
    • Certificado de expensas actualizado a la fecha de otorgamiento del contrato, emitido por el administrador del condominio.
    • Documentos que justifiquen el cargo del administrador.
    • En ausencia de un administrador o directiva legalmente nombrada, se puede suplir este requisito con una declaración juramentada de expensas.

Asegurarse de cumplir con todos estos requisitos facilitará un proceso de compra-venta eficiente y sin contratiempos.

Nota:

La compraventa debe ser inscrita en el registro de la propiedad correspondiente para que surta el efecto legal.

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