Teléfono: +593 2 226 8862 — Celular: +593 93 921 1851 — Email: info@notaria37-quito.com
La donación es un acto mediante el que una persona TRANSFIERE a favor de otra un bien de manera gratuita e irrevocable, esta sujeta a un procedimiento especial establecido en la Ley Notarial, el mismo que inicia con la Insinuación, es decir, con la autorización que concede el Notario para que proceda la donación.
Pedido firmado por un abogado en libre ejercicio y los peticionarios (la firma puede ser física o electrónica).Certificado de Gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad.Copias de las cédulas y certificados de votación de los peticionarios y de los testigos (2).
Minuta.Pago de impuestos.Municipales (alcabala, contribución especial de mejoras).Consejo Provincial (registro y alcabalas).Certificado del Registro de la Propiedad.Certificado de Expensas y nombramiento de administrador (departamentos).Copias de cédulas y certificados de votación.Cédula Catastral.Insinuación.
Copia Certificada de Poder.
PERSONAS JURÍDICAS.Copia de nombramiento de Gerente General.Copia de RUC.Acta de Junta de Socios/Accionistas.
Este acto debe inscribirse en el Registro de la propiedad correspondiente.Debe declararse en el SRI formulario 108.